El supuesto que vamos a ver es:
Carlos Echanove, trabaja como oficial administrativo en la empresa Vinos Espumosos, s.l., con un contrato temporal de 6 meses por circunstancias de la producción y según convenio le corresponden las siguientes retribuciones:
- Salario base: 781,32€
- Plus asistencia: 78,13€
- Dos pagas extras de salario base más plus de asistencia cada una, que cobra en Junio y en Diciembre
Carlos tiene un accidente en su trabajo el 30 de Abril, ese día es a cargo íntegro de la Empresa, esto quiere decir, que independientemente de a qué hora sufrió el accidente, ese día lo paga entero la Empresa como si hubiera trabajado y la baja por accidente laboral empieza el día siguiente.
Está de baja entonces del día 1 de mayo al día 25 de mayo, el día 26 ya trabaja.
Para poder calcular la baja debemos saber si ha hecho Horas extras en el mes anterior y en el año anterior, pero no ha sido así.
Por lo que la Base reguladora para saber cuánto cobrará estando de baja se calcula:
Como vemos cobra del 26 de mayo al 30 de mayo, 5 días, de salario base y de plus de asistencia, y el resto del 1 al 25 de mayo cobra el 75% de la Base reguladora, en total 769,87€.
Aquí es donde tenemos la dificultad, cotizamos por remuneración mensual el plus y el salario base y la prorrata de paga extra, pero todo de 5 días (mientras estamos de baja no generamos PE), así que nos faltan 25 días para completar el mes, para ello rellenamos la Base de IT 25 días x BR usada para calcular la baja.
Aquí tenemos las deducciones y lo que al final terminará cobrando.
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El mes de mayo tiene 31 días así que serían 6 días de alta no?
ResponderEliminarCuando hay una IT los meses se consideran de 30 días
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