Cómo he visto últimamente varias preguntas en los comentarios del post CÓMO CALCULO MI BAJA? Incapacidad por enfermedad común o accidente no laboral , he decidido ampliarlo un poco sin ponerme demasiado técnica, a ver si consigo aclarar los conceptos, de todas formas os recuerdo que tenemos un curso online de nóminas estupendo y muy completo y por si fuera poco económico, adaptado a los tiempos que corren, si queréis más información pinchad AQUÍ
De acuerdo empezamos, lo primero perdonadme si me pongo un poco bruta aquí, porque quiero que quede claro, hablamos de baja por
ENFERMEDAD COMÚN o ACCIDENTE NO LABORAL
pero ¿qué es EC o ANL? Pues veréis, no lo digo yo, lo dice la Seguridad Social, es exactamente lo mismo estar de baja por un resfriado que porque te estén dando quimioterapia por un cáncer, o te tengan que hacer una operación a corazón abierto, o te hayas caído esquiando, siento ser tan directa pero me lo preguntáis muchas veces, así que NO, no se cobra más/diferente por el hecho de estar de baja por una intervención quirúrgica – echad un vistazo a vuestro Convenio, ya que yo hablo del Estatuto de los Trabajadores, en general, puede ser que tengáis uno rumboso que os pague más en esto casos, que luego no quiero comentarios “pues a mí me pagan….”-
¿Hay que cumplir algún requisito para poder cobrar la baja por EC o ANL?
Pues sí un par:
- · Estar de alta o en situación asimilada al alta
- · Tener cotizados 180 días como mínimo en los 5 años anteriores a coger la baja
Como estamos viendo, si tenemos la mala suerte de ponernos enfermos en nuestro primer trabajo, en el segundo mes por ejemplo, estaremos malitos, estaremos en casa, pero no cobraremos nada por ello.
¿Cuánto se cobra estando de baja por EC o ANL?
- · Del primer día de baja al tercer día de baja NADA
- · Del 4º día de baja al 20º día de baja el 60% de la Base Reguladora
- · Del 21º hasta el fin de la baja el 75% de la Base Reguladora
¿Cómo se calcula esta BR?
Cogemos la Base de Cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja y la dividimos entre 30 días del mes (si la nómina es diaria entre 20/29/30 o 31 días). La base reguladora se calcula una única vez para toda la baja.
Vamos a ver un caso práctico Juan lleva 4 meses trabajando en una Empresa y el 5 de mayo coge la baja –es decir, el 5 de Mayo ya no acude a trabajar- por una enfermedad común, en el mes de Abril cobró:
1. Un salario Base de 1000 euros
2. Un plus transporte de 50 euros
NÓMINA DE ABRIL (pincha en la imagen para verla más grande)
Como vemos el BCCC es de 1.166,67 euros, por lo que la BR será 1.166,67/30 días=38,89€
¿Qué cobrará en Mayo?
- Del día 1 de Mayo al 4: la nómina normal, puesto que fue a trabajar
- Del día 5 de mayo al 7 de mayo (primer día de la baja al 3º) NADA
- Del día 8 de mayo al 24 de mayo (4º día de baja al 20º), el 60% de la BR, es decir 60%38,89 x 17 días- 369,68€
- Del día 25 de Mayo al 31 de mayo (21º día de baja en adelante), el 75% de la BR, 75%38,39 x7 días- 201,54€
Si quieres descargarte la calculadora de bajas vete directamente al POST
Pues nada, espero haber ayudado un poco, recordad que podéis echar un vistazo a nuestro curso de nóminas, encontraréis este y otros muchos ejemplos
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Buenas tardes.ahora mismo estoy de baja por enfermedad desde finales de mayo.soy teleoperadora tengo comisiones ,ningún mes cobro lo mismo.al recibir mi nomina veo q los porcentajes correspondientes a descontar se me han aplicado a mi sueldo base q son 1000€ y no a la base bruta de la nomina anterior que fueron 1600€,base y comisiones, en mi nomina no aparece espicificado la base por contingencias comunes.no deberían tomarme como base los 1600€?gracias
ResponderEliminarNo, para calcular la Base reguladora de la baja, no se toma el bruto de la nómina sino la Base de Cotización de Contingencias Comunes del mes anterior a la baja
EliminarNo se ase sobre el sueldo base de tu nomina nunca con los incentivos
EliminarGracias pero no aparece especificado en mi nomina esa base de contingencias comunes solo aparece base s.s, base at y desempleo y base IRPF, en q me tengo q basar?
ResponderEliminarEs la Base SS
Eliminarpor accidente laboral te quita algo
ResponderEliminarpor accidente laboral te quitan algo de la nomina
ResponderEliminarBuenos dias,
ResponderEliminarTrabajo como recepcionista en un camping en catalunya, me ingresaron 3 dias en el hospital y my contrato termina al cabo de una semana del suceso.
Mis jefes me piden la baja para modificar la nomina pero mi convenio sale:
"CAPíTULO 10
Previsión social
Articulo 45
Enfermedad y accidente:
El trabajador/a en situación de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad común con hospitalización, tendrá derecho a la percepción del 100% de su salario a partir del primer día y hasta un tope máximo de doce meses de duración.
Entonces entiendo que me deben pagar el 100% del salario no?
pd: el convenio es de 2013, ya que no han publicado el del 2014 aún gracias
En principio lo que tus jefes te piden, que les des la baja para modificar la nómina, es correcto, la nómina será diferente, aunque el total según tu convenio será el mismo que el mes anterior
EliminarHola , me dedico a la pintura del automóvil y llevo desde el 1 de julio de baja por enfermedad común.
ResponderEliminar¿ Cuánto debería cobrar ?. Mi base I.T. es de 1.332,10 y he estado todo el mes completo . Gracias
Hola, tengo un problemilla con mi nomina estando de baja. Tengo un contrato al 75% de 1300 horas aproximadamente, se reparten entre sábados, domingos y festivos y un anexo al contrato por el k hago 50 horas mas mensuales en otro pueblo.
ResponderEliminarEn el convenio marca k se pagara el 75% de lo k marcan las tablas salariales y me pagan solo el 75% de los días festivos de cada mes.¿puedo hacer algo de 1000€ he pasado a 300.
Gracias
Hola, me tengo que operar de un limpoma grande en la pierna, creo que la baja será de al menos dos semanas, y 2 o 3 dias de hospital, cuanto cobrare de baja? gracias
ResponderEliminarno tengo forma de saberlo
EliminarTrabajo en un colegio, en el comedor, nos han dicho hoy que si no nos ponemos la vacuna de la gripe, no podremos cobrar la baja si nos ponemos enfermas, es verdad eso?
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarEn el post pone: ¿Cómo se calcula esta BR?
EliminarCogemos la Base de Cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja y la dividimos entre 30 días del mes (si la nómina es diaria entre 20/29/30 o 31 días). La base reguladora se calcula una única vez para toda la baja.
gracias. mi duda era si variaba
EliminarBuenas tardes.
ResponderEliminarEStoy de baja desde el 28 de Julio, mis bases de cotizacion no todos los meses son las mismas y no se si por ello tendria que cobrar cada mes un importe.
JUN. 30 639,07
JUL. 31 630,72
AGO. 31 613,20
SEP. 30 613,20
OCT. 31 613,20
Estas son las bases que aparecen en mi sede electronica de la seguridad social. Como mi jefe esta a malas y no me manda las nominas no se si lo que me ha ingresado es correcto.
Mi trabajo es de media jornada.
Gracias
Hola,estoy de bajá 3 días me descontarán mucho en mi nómina por enfermedad común ?
ResponderEliminarcomo puedo borrar mi comentario ya que aparecen mis datos?
ResponderEliminarDime cual es y lo borro
Eliminarel del 3 de diciembre 20:08 f.a.m
Eliminarllevo ocho años en la empresa a mediao de diciembre me dan la baja cuanto me tienen ke pagar la seguridad social mi sueldo es de 970 euros
ResponderEliminarhttp://orientacion-laboral.blogspot.com.es/2014/12/calcular-bajas-por-enfermedad-comun.html
EliminarHola monica. Mi pregunta es si estando en situación de baja por enfermedad comun y el mes tiene 31 dias se cobra ese dia o no? Y si el mes tiene 28 dias se cobran estos 28 dias. Estoy de baja desde el 10 de diciembre y me cobro 8 dias trabajados y la explicación de la empresa es q el programa lo jace asi y yo no estoy conforme porque es como si mr quitaran un dia trabajado . Gracias de antemano.
ResponderEliminarHola, he estado de baja 17 dias por intervención quirúrgica mayor y hospitalizada 1 dia. Queria saber si se descuenta algo segun el convenio de trabajadores nº 9901355. Actualmente me han descontado el 50% del sueldo y pensaba que por operación y hospitalización tenia el 100% asegurado. Gracias de antemano, un saludo!
ResponderEliminarCuidado que este ejemplo esta mal en lo que respecta a los días.
ResponderEliminarDe los días 1º al 3º 0€ y del 4ª al 20ª el 60% (son 17 días) y han puesto 20 días, hay tres días de más al 60% que han de ser al 75%.
Son 3 días 0 + 17 al 60%. Total 20 días...
Corregirme si me equivoco.
Saludos,
Toni
Cierto, gracias Toni, no me había dado cuenta
EliminarHola tengo una duda van a realizarme una intervención quirúrgica pero vann a hacérmelo en la sanidad privada ya que es donde han logrado diagnosticarse mi problema. El hecho de ser una intervención quirúrgica me da derecho a cobrar el 100% o al ser enfermedad común me restarían de mi base de cotización?
ResponderEliminarSi tu Convenio no dice lo contrario o eres funcionario, la baja por operación y la baja por contingencias comunes es exactamente igual, se calcula como pone en el post
EliminarHola tengo una baja laboral no accidente laboral mi sueldo base 750.85
ResponderEliminarantigüedad. 47.83
horas extras. 125.16
Contingencia comunes 923.84 cuanto me tienen que que pagar en la nómina de abril
He escrito el post precisamente para que podáis calcularlo
EliminarHola tengo una baja laboral no accidente laboral mi sueldo base 750.85
ResponderEliminarantigüedad. 47.83
horas extras. 125.16
Contingencia comunes 923.84 cuanto me tienen que que pagar en la nómina de abril
En el post se explica cómo calcularlo
EliminarHola!
ResponderEliminarEn el ejemplo que indicas "Del día 25 de Mayo al 31 de mayo (21º día de baja en adelante), el 75% de la BR, 75%38,39 x4 días- 204,17€", Lo de los 4 días es un error, verdad?? serían 7 verdad?? O
mi bcc es de 2178,02 he estado de baja desde el dia 20 de abril hasta el 31 de mayo y he cobrado 1413.51 y 1374.78 en los meses de abril y mayo respectivamente y segun mis cuentas me falta dinero pues me sale 1727.88 y 1590.03 respectivamente si es asi donde puedo reclamar?
ResponderEliminarhola que tal. mi salario base es de 1267,25 es esa la BR o esla suma del salario base plus desplazamiento dias libres y demas gracias
ResponderEliminarpor favor lee el post
EliminarHola, estoy de baja desde el 18 de agosto, para la nómina de agosto cuántos días de baja son?.
ResponderEliminarEn mi nómina pone 11 dias, es correcto?, yo cuento 10 días y por otra parte en estos 10 días hábiles uno es festivo, cuenta como día de baja los festivos?.
Muchas gracias
Pues depende de si tu nómina es mensual o no, si es mensual 30 días -17 días trabajados: 13días de baja
Eliminaryo creo que no es correcto, la s.social te va a pagar por día natural y lo que falte hasta llegar a los 30 días ( si tu nómina es mensual), debería de pagarte la empresa
EliminarNo, no es así, o no estamos hablando de lo mismo
EliminarHola estoy de bajá por enfermedad comun(lumbalgia)' por embarazo de 30 semanas cogí la baja el día 28/08/15 y no me incorporare al trabajo ya.¿de qué mes es la nómina referente en la bajá por maternidad? Gracias.
ResponderEliminarEl 100% de la base reguladora utilizada para calcular la baja
Eliminar¿Pero de que mes ya que tengo incentivos variables y las contingencias comunes no son siempre las mismas. Gracias
EliminarGracias ¿pero de que mes ya que al cobrar incentivos por producción cada mes las contingencias comunes varían y esa era mi duda si se coge como regencia en mi casó la nómina de julio ya que las siguientes serán más bajas al no tener incentivos?
ResponderEliminarDel mes anterior a la baja
EliminarMuchas gracias.
EliminarHola me han dado la baja x lumbalgia estoy embarazada ya entregue a mis jefes el parte médico ósea la baja al llevarlo a la seguridad que tengo q hacer o como empiezo a cobrar la baja xq aún no me han pedido nada ni nro d cuenta ni nada ayuda xfavor
ResponderEliminarLa empresa te tiene q dar un certificado y con él ir a la Seguridad social a tramitar tu baja
EliminarHola me han dado la baja x enfermedad común como hago para cobrar la baja ya q ni me han pedido el nro de cuenta ni nada
ResponderEliminarSi estás trabajando la cifras igual q la nómina
EliminarHola !
ResponderEliminarEstoy por coger la baja laboral (estoy embarazada y en 2 semanas sale el peque) mi pregunta es: lo que me paguen en nómina a partir de la baja laboral cotiza? Es decir, esos días figurarán en mi hoja de vida laboral? Lo pregunto por que justo esas dos semanas me faltan para llegar al año y luego de la baja por maternidad poder cobrar el paro.
Muy buenas me gsutaria saber al estar de baja por enfermedad común tengo derecho cobrar algoya que dice qe hay unas nuevas normativas que uno tiene que tener no se cuanto cotizado para tener derecho a q te pague la mutua o la ss te reconozca .la verdad es que yo cogí la baja el 15/07/2015 y me dieron de baja en el trabajo el 31 /08/2015 sin que me hayan pagado bien ya que dicen q me han pagado los días de trabajo pero no me han pagado el salario base
ResponderEliminarCon esto sólo quiero pedirte que me aclares si me tienen que pagar por estar de baja común y cuanto es el porcentaje exacto 680 es mi salario base estado de baja 59 días gracias
No entiendo nada de lo que preguntas, pero no ha cambiado ninguna normativa, toda la vida ha sido siempre igual, hay que cotizar 6 meses en un plazo de 5 años como mínimo para poder cobrar una baja por enfermedad común
EliminarMuy buenas mi duda es que estado de baja la empresa dice que no me corresponde ninguna paga ya que no estaba cotizando hace cinco años que según lo que la ss Estado de baja 59 días y no se lo q m corresponde exactamente Si cobró 680 y si es verdad que no tengo derecho a nada gracias
ResponderEliminarNo entiendo bien tu caso, supongo que quieres decir que la empresa te ha comunicado que como en los últimos 5años no has cotizado no te corresponde cobrar nada de baja, lo cual es correcto, lleva así desde siempre y no es porque la empresa quiera sino porque lo manda la Seguridad Social
EliminarHola muy buenas !! Me gusta la claro que explicas las cosas, x eso creo q acierto preguntandote algo ... mi empresa a firmado un acuerdo x el q nos van a pagar la complementacion hasta el 100% para las bajas IT , el caso es q tengo 2237€ de base cotizacion seguridad social, pero yo di de baja el 16 de abril y m lo aplicaran con caracter retroactivo, ya q m han pagado hasta ahora segun las tablas del estatuto, 60% y 75%... cuanto debo reclamarle a la empresa. Gracias de antemano y un saludo
ResponderEliminarHola me llamo osvaldo tengo una duda esto pone en mi nomina REM. TOTAL P.P.EXTRAS en esta dos esta vacia
ResponderEliminarBASE S.S. BASE A.T. Y DES. BASE I.R.P.F. T. DEVENGADO T. A DEDUCIR
923.70 923,70 715,79 715,79 58,65
- Percepciones no Salariales excluídas Cot. S.S.
LIQUIDO A PERCIBIR
657,14 COSTE EMPRESA: 306,67
estoy de baja desde 13/04/2015 es correcto lo que me estan pagando 657. 14 todos los meses exeto este mes de septiembre e cobrado solo 634.05 e preguntado a la empresa y me digieron esto ( Has cobrado lo que ha calculado nuestro laboralista. ) mi pregunta es si es normal este monto a comparacion de todos los otros meses y si iran disminuyendo el monto en los siguiente meses espero su pronta respuesta lo hacen bien muchas gracias
Buenas tardes:
ResponderEliminarEl mediados de noviembre quiero coger la baja (estoy embarazada). En octubre estoy trabajando en jornada reducida a 6 horas/día por cuidado de mi primer hijo (30horas/semana). En noviembre subo mis horas a 7horas/día (35 horas/semana). Si cojo la baja en la mitad de noviembre qué será mi base de cotización? El mes de octubre (6 horas/día) o los 30 días anteriores de la baja (15 días de octubre con 6 horas/días y 15 días de noviembre con 7 horas/días dividido en 30 días)?
Gracias por aclarar mis dudas. Un saludo
buenos dias, estoy de baja por intervencion quirurgica, desde el 1 de octubre, he percibido mi nomina con un casi 40 por ciento menos, soy encargada de cocina, con convenio de hosteleria, un salario base de 1008 euros a parte pagas prorrateadas, FIJO DISCONTINUO. Segun convenio al ser intervencion quirurgina cobras el 100 por cien
ResponderEliminarAlguien me puede resolver mi duda, porque no estoy de acuerdo con lo que he cobrado. Un saludo
Ya tienes la respuesta si según tu convenio tienes que cobrar el 100% y no lo cobras, tendrás que reclamar la diferencia
EliminarDescuentan algo del plus de antigúedad estando de bja
ResponderEliminarMuy buenas tardes tengo una pregunta sobre bajas.Llevo dos meses trabajando en una empresa y por mala suerte me puse malita dos días por lo que estuve de baja.Me los descontaron del sueldo, pero ahora me dicen que tengo que hacer esos dos días ya que fue el compañero quien me los hizo. yo digo
ResponderEliminarMe quitan sueldo
Tengo que hacer los días a la persona que me hizo la baja porque el tiene jornada completa y no puede echar mas horas
Tengo que perder mis descansos semanales para poder hacerle las horas
Eso es legal
Yo como voy a deber si ya me quitaron será la empresa la que tenga que pagar
Espero me ayudéis estoy echa un lio
Pero ¿estuviste enferma y no fuiste a trabajar o fuiste al médico y te dio la baja dos días? , de todas formas si esos días no te los han pagado no tienes que recuperarlos
EliminarHola, mi duda es la siguiente:
ResponderEliminarCuánto cobraría un trabajador en IT por enfermedad común a tiempo parcial ( concretamente 24 horas/semana) cobrando por horas ( 6 euros la hora).
No tengo forma de saberlo, coge tu nómina y haz los cálculos según se explica en el post
Eliminarbuenos días , mi pregunta es ;tengo un contrato temporal por finalización de obra y servicios, soy auxiliar de geriatría y mi contrato es de jornada completa, pero al quinto mes me redujeron la jornada a media jornada sin cambiarme el contrato por que decian que eso se puede hacer pero a los 12 días de estar trabajando a media jornada ingrese por urgencias para operarme, ahora estoy de baja mi sueldos anteriores eran de 1027,47 rem total me imagino que ahora sera la mitad. ¿cuanto deveria cobrar este mes estando de baja? llevo 23 dias de baja. muchas gracias por su atencion
ResponderEliminarNo tengo forma de saberlo
EliminarHola monika. Mi situación es que llevo meses de baja en los que he cobrado lo que creo correcto como tu explicas aqui. Este último mes no me cuadra, aún no me han dado la nómina y exactamente no sé por que pero me han descontado bastante más. Según lo que te he entendido, no deberian descontarme más según van pasando los meses, ¿no? .Apartir del día 21º de la baja deberia ser a razón de un 75% de la base reguladora pero todos los meses igual, ¿no?. Gracias de antemano.
ResponderEliminarEso es, lo has entendido correctamente, solo tienes que comprobar si tu Empresa por Convenio pague algún complemento durante la baja que dure por ejemplo los 21 primeros días solo
EliminarHola,no he encontrado ningun post relacionado con lo qe te qeria preguntar.
ResponderEliminarEstoy de baja desde hace ya varios meses... mi empresa me paga por transferencia bancaria. La nomina ...o bien se la daban a un compañero mio para qe me la entregara a mi,o bien me la mandaban por correo. Este mes se niegan a mandarmela al correo,y ni muxos menos a mi compañero,me quieren obligar a qe me presente personalmente,porqe este mes derepente es personal e instransferible... pueden hacerm eso??? Gracias de antemano
Si te pagan por transferencia bancaria no es imprescindible que vayas a firmar la nómina inmediatamente, ya es prueba de ello la transferencia, así que a no ser que la quieras para algo en concreto cuando cojas el alta las recoges
EliminarLa antigüedad se prorratea en caso de baja? Es decir, el mes que causé baja, solo tengo derecho a la antigüedad de los días trabajados de ese mes? En el convenio no especifica nada al respecto. Gracias!
ResponderEliminarHola.He estado trabajando tres dias y he caido de baja. Resulta que con anterioridad estaba en paro. Para el calculo de la IT quese toma como referencia? por lo que he podido leer en algunos sitios, se toma como refrencia la base de cotizición del més anterior a la baja.Por tanto en mi caso que se aplicaría?
ResponderEliminarGracias
Gracias
Se elevan esos tres días trabajados al mes
EliminarHola , mi marido esta de baja por enfermedad grave el medico le ha dicho q no volvera a trabajar cuando le dieron la baja estaba cobrando el paro y este mes lo a acabado y le han dado un certificado para pasar a la seguridad social q le dicen que cobrara 426 € en enero pasara por el tribunal medico para q le den la incapacidad permanente mi pregunta es seguira cobrando lo mismo o le pagaran algo mas y si tiene derecho a paga extra el tiene cotizado 16 años en el extranjero y 10 en España le calculan el total o solo lo de España, gracias
ResponderEliminarBuenas tardes.
ResponderEliminarMi duda es si a esa cantidad que he calculado se cobra íntegramente o hay que descontar las aportaciones a la Seguridad Social (desempleo, formación profesional, etc). Un saludo y Feliz Navidad.
Solo tienes que descontar el IRPF
EliminarHola buenos días si la baja te coge en dos mese diferentes?? Es decir yo empecé de baja el día 22 de diciembre y el día 15 ya me incorpore al trabajo como lo calculo?
ResponderEliminarCalculas la Broma.como solo una vez, el primer mes
EliminarHola,yo quería saber si al estar de bajate pueden qutar salario base al trabajar por horas?.garcias
ResponderEliminarBuenas tardes Monika,
ResponderEliminartengo una pequeña duda. El dia 4 de este mes me di de baja in itinere, ya que sufri un accidente de trafico al desplazarme hacia mi trabajo. Estoy yendo ahora mismo a rehabilitación, la cuál me proporciona la mutua de mi empresa. La cuestion es que me han mandado un documento donde, como es lógico, se me reconoce el derecho a la asistencia sanitaria y al subsidio económico. Pues bien, me indica: "Para calcular dicha prestación económica, se ha tenido en cuenta una base reguladora de 25.48 euros, por lo que percibirá desde el
día siguiente al de su baja médica un subsidio diario del 75% de la base reguladora, que equivale a 19.11 euros.
La prestación económica será abonada por su empresa, que practicará la retención de IRPF y de cuota obrera que corresponda. Si procede, su empresa le abonará también el complemento voluntario del subsidio".
¿podrías explicarme exactamente a que se refiere? Yo pensaba que, al darme de baja laboral, mi empresa me abonaría en mi sueldo la parte correspnodiente a los dias trabajados, y la mutua me abonaria la parte restante por los dias de baja. (Lo que sumaría en total mi sueldo, 800€). Pero según me han explicado "a lo loco" en la mutua, no tiene nada que ver, el importe que me indican que se va a abonar diariamente es por los seguros sociales, pero sigo sin entenderlo.
Ruego me expliques por favor si tiene algo que ver con mi sueldo, o no. Un saludo y mil gracias.
Los días trabajados los cobrarás normal y en tu nómina te añadirán los días de baja calculados según indicas. No sé si tu empresa tiene por convenio firmado algún complemento o no, te lo abona todo tu empresa en concepto de pago delegado
EliminarPero, al ser un accidente laboral, ¿no deberían de pagarme integramente mi sueldo? En mi convenio, que es el de comercio, me indica que la responsabilidad de la empresa es del 100%. Por eso, al leer ahora el documento recibido de la mutua, estoy algo liada, y quiero saber las cosas bien para cuando me incorpore.
EliminarBuenas me llamo Antonio, estoy realizando un ciclo superior y me ha tocado cursar la asignatura de fol y las nóminas me llevan loco. Tengo un par de dudas a la hora de aplicar la BR (Base Reguladora), por ejemplo, a mi me dan estos datos para calcular una nómina de abril del grupo 7 y existe enfermedad común, es decir el día 12 cae enfermo (BAJA), deducimos que existen 19 días de BAJA y 11 días de ALTA.
ResponderEliminarSalario base = 990€
Títulos = 145€
Antigüedad = 495€
Horas Extras de Fuerza Mayor = 78€
Horas Extras Estructurales = 50€
IRPF = 11%
Calculo el Total de ALTA multiplicando los valores del salario base, títulos y antigüedad por 11 días y lo divido por 30. Lo que me dé lo sumo junto con las Horas Extras.
Luego para calcular el Total de BAJA necesito el BR x 16 días x 60%. Pero para hallar el BR necesito calcular la BCCC del mes anterior con los valores que tengo de este mes(supongo que es lo mismo puesto que no me dan otros valores), calculo la remuneración mensual y sumo la prorrata y me da un total de 1877,30€. Este valor lo divido luego entre 30 para hallar la BR. Que me da 62,58€.
Entonces al calcular el Total de BAJA me da 600,77€, este valor le sumo el Total de ALTA y hallo el Total Devengado = 1326,44€
Ahora empiezo con los cálculos de las bases de cotización.
Hallo la BCCC de la ALTA como si estuviese haciendo una nómina normal, pero de 11 días, la Remuneración Mensual me da 597,67€ y la Prorrata 90,75€, un total de 688,42€. Calculo los máximos y los mínimos para 11 días (con los máximos y mínimos de 2016) y veo que entra dentro de ambos valores.
Y mi duda llega ahora cuando tengo que hallar la BCCC de la BAJA que no se si lo tengo bien...
He cogido el valor de la BR (62'58€) y lo he multiplicado por el número de días de BAJA (19) y me da 1189,02€
Sumo la BCCC (ALTA) más la BCCC (BAJA) = 1877,44€ que es la BCCC (TOTAL).
La otra duda que tengo es hallar la BCCP de la BAJA. He calculado la BCCP de la ALTA y me da 816,42€ (Remuneración mensual = 597,67€; Prorrata = 90,75€; Horas Extras = 70 + 50)
Entonces la Base Sujeta a IRPF es 1326,44€ (Total devengado)
La Base Sujeta a H.E. de Fuerza Mayor = 78€ (2%)
La Base Sujeta a H.E. Estructurales = 50€ (4,7%)
Y como ultimo punto hallaría las Deducciones para saber el Total de aportaciones a la Seguridad Social y las aportaciones de Hacienda, y al sumar estos dos valores me de el Total a deducir.
Finalmente al Total devengado le restamos el Total a deducir y hallamos el Líquido o Sueldo Neto.
Gracias de antemano por su atención. Un saludo,
Antonio
¿Mónica me podrías resolver las dudas? Tengo el examen el lunes :( y mi profesora no me resuelve la mayoría de las dudas...
EliminarEn primer lugar agradecerte el esfuerzo que haces en aclarar nuestras dudas.
ResponderEliminarmi pregunta estuve de baja de enero a marzo y me da extra me descontaron la parte del prorateo de la extra de junio me incorporé en marzo y al llegar la extra de diciembre también me descontaron de la extra ¿es normal habiendo trababajo todo ese semestre ?
Depende de cómo se devenguen las pagas extras si de forma semestral o anual
EliminarBuenos días, este pasado lunes 22 de febrero me realizaron una intervención quirúrgica. Hace dos días mi mujer llevó a mi trabajo los partes de baja y el informe de cirugía, y aún así, de cobrar 1360€, he recibido 1090€. Entiendo que debe haber un error porque se supone que la intervención quirúrgica te cubre el 100x100 de todas las retribuciones, ¿verdad? Necesito ayuda. Gracias por adelantado.
ResponderEliminarVamos a ver, a no ser que seas FUNCIONARIO o que tu CONVENIO diga que tienes derecho al 100% NO, LA OPERACIÓN NO ES DIFERENTE DE LA BAJA POR ENFERMEDAD COMÚN, los tres primeros días no cobras, y el resto tal y como explico en el post
EliminarHola, no me entero con nada de esto. A ver si me puedes ayudar, tengo embarazo de alto riesgo por malformacion del utero, Y los del trabajo me dicen qeu la mutua no me lo va a cubrir, que ya han hablado con ellos, porque dicen que el problema que tengo ya venía de antes del embarazo y no tiene que ver nada con mi trabajo (administrativa - sentada 8 horas) y no peligra mi salud, a no ser que tuviera sangrado o algo al estilo, que gracias a dios de momento no es mi caso (14 Semanas). Entonces como me tendré que coger dentro de nada la baja por reposo relativo/absoluto, entonces sería la baja por enfermedad. Me gustaría saber como o si puedes calcularme aproximadamente lo que cobraría, porque con todo lo que estoy leyendo y calculando me sale 120€ que no puede ser, algo estoy haciendo mal o no entiendo... Que datos tendría que darte? O si puede ser por Mail.. Agradezería cualquier ayuda.... estoy un poco desesperada.
ResponderEliminarhola,ami me han operado de hernia inquinal y me acaba de decir la medica que no deben de quitarme dinero porque es operación y que no es lo mismo estar de baja por un esquince de tobillo que por una intervención quirúrgica pero he llamado a la empresa y dicen que es la primera noticia que tienen de esto
ResponderEliminarruego que si alquilen sabe algo me lo aclare .gracias
Hola empece a trabjar el dia 30 de enero por ett y ese mismo dia al final de mi jornada tuve un accidente laboral. La ett dice q tiene q calcular mi base de cotizacion del mes anterios osea de diciembre , pero yo en diciembre estaba en el paro , me tienen q pagar entonces sobre la base de cotizacion del dia trabajado ? O la minima por no star trabajando hasta ese dia 30 de enero q es cuando fui dada de alta
ResponderEliminarElevaran el día de trabajo al mes y sobre esa base te pagarán la baja
EliminarHola,en mi caso el mes anterior a la baja estuve de excedencia, es decir la nómina de diciembre ha sido de 18 días con Base CC 608€ (devengos+prórroga paga extra)
ResponderEliminarEn el mes de enero estoy de baja 25 días.
Según convenio, los 3 primeros días 60%, del 4 al 20 el 75%, del 21 en adelante el 100%.
En la nómina de enero me ponen de subsidio It+ los complementos un total de 528,97€. A mi me sale un total de 661,09€.
Lo hice así, no sé si es correcto:
Base reguladora 33'82€(608/18)
25 días baja
3 días. 60% de 33,82=20,92x3=60,87€
17 días. 75% de 33,82=25,36x17=431,12€
5 días. 100% de 33,82=169,10€
Total baja IT= 661,09€
Mi contrato es parcial, la nómina mensual
Gracias es muy útil todo lo que comentas
No sé qué es lo que dice tu convenio, supongo que la baja se calcula como pone en el post y lo que hace la empresa es complementar hasta llegar a esos porcentajes, pero no te complementará con las mismas cantidades
EliminarBuenas tardes, actualmente estoy de baja por intervención quirúrgica con hospitalización, en varios sitios he leído que me corresponde el 100% de las contingencias comunes pero la empresa alega que por no llevar 6 meses en la empresa me tienen que descontar, ¿es eso cierto? en el convenio colectivo de Hostelería de Las Palmas no contempla o no he leído nada sobre bajas por intervenciones quirúrgicas. Tengo contrato indefinido. Gracias de antemano.
ResponderEliminarPues realmente no sé de dónde sacas la información, para los funcionarios sí te paso el link de la seguridad social para que lo veas http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/PrestaciondeIncapac44667/index.htm
EliminarMuy buenas! Tengo una duda, es que he tenido la mala suerte el mes pasado de ponerme enferma en dos ocasiones. La 1a vez fue por una infección de garganta que falte al trabajo dos días, y la siguiente vez por una gastroenteritis, tb 2 días. Lleve el justificante medico,pero en ningún momento estuve de baja. Es correcto que me hayan descontado unos 80€. Por haber faltado según ellos 3 días? Y sin haber estado de baja laboral? Me gustaría que me lo eaplicarais bien. Gracias
ResponderEliminar¿Has faltado 4 días o no los has faltado? si no vas a trabajar por prescripción médica aún sin baja es lógico que la empresa no te abone esos días
EliminarHola,
ResponderEliminarPara la declaración de la renta de 2015 me ha surgido una duda. El día 11 de julio de 2015 se produjo mi baja en la
empresa por agotamiento IT (18 meses). Mi baja comenzó el 13/1/2014 teniendo pendientes 13 días de vacaciones de 2013.
No pude trabajar en 2014 por lo que se generaron 22 días de vacaciones pendientes de disfrutar (ademas de los 12 de
2013). En el finiquito se tienen en cuenta estos 34 días pendientes de disfrutar, ademas de los días correspondientes a
2015, la parte proporcional de la paga extra y esos días de julio (del 1 a 11). Hasta aquí todo correcto en lo referente
a la empresa.
Ahora me encuentro con que este ingreso de vacaciones de 2013, 2014 y 2015 produce un aumento de la base imponible que
no permite que me aplique algunas deducciones, por ejemplo la de alquiler de vivienda habitual. Mi pregunta es si puedo
hacer una declaración complementaria de 2013 y 2014 con los ingresos por vacaciones no disfrutadas de estos años que he
percibido en 2015 como concepto de "atrasos", y que entiendo, deberían ser computados en las declaraciones de la renta
correspondientes a cada año.
Muchas gracias.
Al estar dentro del finiquito no puedes hacer complementaria
EliminarHola,
ResponderEliminarHace unos meses me dieron de baja por una hernia.
Tras varios meses de espera, me han operado.
Tras la operacion, el medico de cabecera me da un parte de alta, y otro parte de baja de 4 meses por operacion quirurjica.
En la empresa me dicen que eso esta mal hecho y el medico me dice que lo ha consultado con Inspeccion Medica y que esta bien hecho.
Alguien me puede aclarar el tema, y si el cambio de baja afecta a la prestacion salarial?
Muchas gracias
Si está o no mal hecho es algo que por supuesto no es cosa tuya, así que si la empresa no está de acuerdo que hablen ellos con la Seguridad Social, entrega lo que tienes y punto
EliminarBuenas tardes, desde que empece a trabajar en esta empresa hace ya 4 años tengo cheques restaurante de 9 euros diarios. Desde el año 2014 se cotiza por ellos, en mi nomina aparece este concepto como salario en especie y mis bases de cotizacion se han visto incrementadas. Actualmente estoy de baja por enfermedad comun y la empresa tiene en convencio complementar hasta el 100% del sueldo. Anterior a la cotizacion de los cheques cuando estabas de baja te descontaban los cheques en el mes siguiente, pero entiendo que ahora deberian pagarme segun las bases de cotizacion por tanto ¿deberian pagarme en efectivo el importe de los cheques?
ResponderEliminarLos cheques restaurantes solo se devengan en días laborables por lo que estando de baja no deben pagartelos, ni en vacaciones
EliminarBuenos días,
ResponderEliminarEn la nómina de ejemplo tienes en cuenta 31 días, a pesar de ser una nómina mensual. Es decir, debería cobrar 30 días, esté de alta o de baja. Sin embargo, en tu ejemplo, cuentas los 31 (tienes en cuenta 7 días del 25 al 31 de mayo). ¿Es eso correcto siendo nómina mensual? EN el TC correspondiente aparecerán 30 días cotizados pero 31 en el desglose?? Y, en caso de tener en cuenta sólo 30, ¿se descuenta uno de los días de baja por ser lo más beneficioso para el trabajador?¿O se descuenta uno de los días trabajados?
Muchas gracias, muy buen post.
Un saludo,
Sofía S.
hola mi pregunta es el dia 28 de enero me puse de baja por una hernia inguinal eldia 23 de marzo me operaron y el dia 13 de mayo me dieron el alta el inspector medico porque la mutua dice que ya puedo trabajar pero me hizo una carta para que en mi trabajo aun no puedo hacer esfuerzos soy herrero y hablando con el me dijo que tendria que haber cobrado el 100% y no lo e cobrado mi convenio es del metal baleares si me puedes decir si es cierto que tendria que cobrar el 100 % y si es asi donde ir a reclamarlo gracias
ResponderEliminarBusca en google tu convenio y mira a ver si tienes una cláusula de complemento del 100% en caso de baja por contingencias comunes
EliminarHola buenas un pregunta yo ahora mismo estoy de baja por enfermedad común soy media jornada anteriormente también me dieron la baja por enfermedad común ósea quiero decir que esta sería mi segunda baja laboral cuánto me quitaría la empresa por esta baja? Gracias ojalá y me respondas
ResponderEliminarSe calcula de la misma forma que la primera
EliminarHola si estoy contratada en dos trabajos en uno llevo 8 meses y el mes que viene se me acaba el contrato y en el otro llevo 5 dias puedo coger la baja? (Estoy embarazada) en el segundo trabajo al llevar tan poco tiempo pasaria algo?
ResponderEliminarPues obviamente puedes coger la baja, respecto a qué te pasaría en el nuevo trabajo, no leo la mente de las empresas de este país, pero mucho me temo que al estar en período de prueba no te lo superarían en cuanto les lleves el parte de baja
EliminarHola, yo cobro 1000€ netos pero he estado 2 meses de baja ¿cuanto me descontaran de la paga extra?¿ cuanto cobraré de la paga extra?
ResponderEliminarCobrarás 4 meses de paga extra
EliminarHola, a ver tengo una duda porq estoy de baja desde el 16 de mayo y he cobrado 700€ de paga extra quiere decir que sólo me pagaron 4 meses?
ResponderEliminarNo me cuentas cuanto es tu paga extra completa, pero sí, mientras se está de baja no se genera extra, así que lo más probable es que hayas cobrado lo correspondiente de enero al 15 de mayo
Eliminarbuenos días monika,mi duda es la siguiente, estoy de baja por enfermedad común (rotura del tendón en el hombro ) y por fin el pasado junio me operaron,es cierto que al acabar mi baja en una operación tengo derecho a la devolución de las retenciones realizadas en mi nomina? Gracias por tu respuesta
ResponderEliminarhola b.tardes por favor tengo un problema.estoy de baja por enfermedad común
ResponderEliminarbueno yo estoy de baja desde el dia 3 de junio.1 y 2 trabaje normal asi que el fin de mes cuando me pagaron fue la sorpresa mia que me pagaron solo 698euros
mi sueldo es de 1200 euros y base de cotización es de 1187,47 euros.trabajo de camarero. yo creo que eso debe estar mal si alguien me puede ayudar gracias
me llamo clemente
Buenas tardes,
ResponderEliminarEl mes de mayo estuve de baja ya que me ingresaron de urgencia para intervención quirúrgica, yo sé que tenían que descontar dinero de la nómina pero no lo hicieron y pensé que por ser ingreso hospitalario no te descontaban pero ahora el mes de agosto me han hecho un descuento de la nómina y ponen como concepto de regularización diferencias. ¿cuanto tiempo tiene la empresa para descontare una baja de la nómina o puede hacerlo 3 meses después? ¿Deben de especificare en la nómina que la deducción se debe a la baja o les vale con el concepto que han puesto?
Gracias de antemano.
Un Saludo.
Hola buenas tardes,
ResponderEliminarTengo una duda, ya que el 1 de Agosto me di baja por enfermedad común. Estaba de 31 semanas, ahora ya estoy de 37.
Mi pregunta es: cobro comisiones a mes vencido y como el mes d Agosto no he trabajado ningún día, me dicen que por ley no se pueden meter en nómina y q hasta q no vuelva a trabajar no las cobraré. Eso es correcto? xq ya no vuelvo a trabajar hasta después de la baja por maternidad.
Se supone que una vez tenga al bebé y este d baja por maternidad cobraré el 100% de mi sueldo no?
Y por último, me quedan 9 días de vacaciones 2016 y como estaré d baja hasta mitad de enero 2017, quería saber si es posible q esas vacaciones las coja después de las 16 semanas d maternidad más las 2 semanas d lactancia.
Muchas gracias
Un saludo
hola buenas tardes,
ResponderEliminartengo una duda porque estoy trabajando por ett.(obra y servicio 401)y me di de baja el 12 de setiembre por enfermedad común. Pueden dar por finalizado el contrato la Ett o la empresa usuaria.Si es así, me gustaréa saber si puedo recibir los 3 meses que tengo acumulados y no gastados del trabajo anterior...
Si causa baja voluntaria entido que no tengo derecho a percibir pretación de desempleo indidstintamente de tener paro acumulado..
Muchas gracias
Un saludo
Respecto a si puedes reanudar la prestación por desempleo que tenías acumulada, me faltan datos para poder responderte
EliminarBuenos dias. Tendo una duda. Con mi convenio, durante la baja he estado cobrando el 100%, unos 1030€. He sobrepasado el año de baja y he recibido una prorroga de otros 6 meses. Ahora la nomina me la abona la mutua y he pasado de 1030 mas o menos a 790. Es normal?.
ResponderEliminarMuchas gracias.
Tendrás que leer en tu convenio si ese complemento del 100% dura un año o que
EliminarHola, ante una baja de enfermedad comun el trabajador sigue pagando su parte de cotizacion igual que una nomina normal? logicamente la base es la cotizacion de la nomina del mes anterior.
ResponderEliminarBuenas noches, una ves hecho el cálculo del 75% hay que descontarle el IRPF al resultado. Por ejemplo al caso que hay en el artículo a los 201,54 hay que restarle el IRPF también?
ResponderEliminarsí
EliminarBuenos días, estoy de baja por enfermedad común desde el lunes 31 de octubre, el martes 2 que fue festivo cuenta como baja? El jueves ya me darán el alta, y no es la primera baja del año, cuanto me pueden descontar? Superaría los 70€ como me han comentado?
ResponderEliminarSí, cuenta como baja, en cuánto queda la nómina no tengo forma de saberlo, en el post te explico cómo calcularlo
EliminarBuenas tardes,mi duda,he estado este més de ocubre de baja por enfermedad común en dos partes,(1/10 al 12/10)y(13/10 al 31/10),en mi nómina normal me pagan kilometraje,vehículo,etc..Además cada 3 meses me pagan producción pero este més no lo han hecho porqué según la empresa al estar de baja es ilegal.Eso es así?
ResponderEliminarTienes que mirar en tu Convenio cómo está formulado el plus de producción, porque aunque es habitual que durante los días de baja no se genere,ya que te ha extrañado tanto igual en tu sector no es así
EliminarHola estoy de baja por enfermedad común y hace un mes me operaron prótesis cadera, mi contrato termina día 26 no renuevan y me vio medico S.S y me dijo que seguiría cobrando x ss pero n se como podría o cuanto sería lo que cobraría ( última nomina antes d la baja era de 1150) gracias
ResponderEliminarBuenos días.
ResponderEliminarEstupendo post que me está ayudando muchísimo para hacer mi primera nómina con baja por enfermedad. No he podido leer todos los comentarios y preguntas, por lo que si alguien ya ha preguntado ésto, disculpa por hacerlo de nuevo.
Me hubiera gustado, que hubieses puesto también la nómina completa resultante para poder comprobar si lo he hecho bien. Mi duda está en las contingencias comunes, desempleo, Formac. Profes. y en el IRPF. No sé si se calculan sobre el importe resultante de lo que va a cobrar o si no se aplican...
¿Podrías indicármelo para poder terminar la nómina de un trabajador que estoy elaborando?
Muchas gracias y, lo dicho, perdona si alguien ya ha preguntado ésto.
Buenas tardes!
ResponderEliminarTengo una duda y no consigo que nadie me la resuelva. Trabajo de teleoperador y estoy de baja por contingencias comunes de larga duración, por lo que una vez al mes suelo acercarme a la empresa a entregar todos los partes de confirmación.
Pues bien, hoy he llevado los 5 últimos partes hasta la fecha, y me han dicho que "ya han cerrado nominas, por lo que me retendrán la nómina" lo que viene a significar que no me pagan hasta el día 10 (cuando siempre se cobra el 1). Esto es legal? Pueden hacer eso?
Espero que puedas contestarme, y perdón si este no es el medio para plantarla.
Un saludo!
Tienes que entregar los partes de confirmación de baja a la empresa en un plazo de tres días desde que lo has recibido
EliminarHola este año estuve de baja 3 dias i me pagaron igual.ahora he vueto ha estar 3 dias mas.i mehan sacado 90 euros es normal? Gracias
ResponderEliminarHola mira quisiera saber si lo q me an descontando por una baja de 7 dias es la cantidad que me an reducido son 300 y mi base de cotización es de 1017.64 euros y es corecto q me ayan descontado 300
ResponderEliminarNo tengo forma de saberlo
EliminarHola,
ResponderEliminarEn primer lugar, gracias por esta información. Quisiera saber si la empresa, mientras el trabajador está de baja, debe pagar el salario variable inerente a la posición del trabajador, así como el 100% de las pagas dobles porrotedas.
En nuestro caso, se paga 100 y 106 euros respectivamente: un plus se da una vez se es ascendido a cierta posición en la empresa; el otro es un plus de idiomas, el cual es requisito para ser contratado.
Muchas gracias,
¿Qué ocurre cuando estas de baja 2 veces separadas por varios días? Por ejemplo 3 dias de baja, 7 dias trabajando y después otros 3 días de baja. Se computa de nuevo como baja nueva y por tanto no cobras ninguno de esos 6 días de baja? ¿o la segunda baja cobrarías el 60% de la base reguladora?
ResponderEliminarGracias.
Son baja nueva a no ser que el o la médico considere que es una recaída
EliminarMuy buenas mi duda es si trabajando en un centro especial de empleo estoy de baja por mi discapacidad según el.convenio de C.E.D.E en el artículo 78 expone las distintas ecuaciones de pagas por días etc pero al final de dicho artículo pone "todo lo anterior queda excluido si la baja es por su propia discapacidad" ¿que significa exactamente esto? graciad6 por todo espero su respuesta .
ResponderEliminarQue si la baja que coges se deriva de la discapacidad que ya tienes no entra en los casos del artículo 78
Eliminarbuenos días,
ResponderEliminarTengo un contrato a tiempo parcial en régimen general como administrativa. Llevo menos de 180 días trabajando en esta empresa y nunca antes había trabajado en régimen general . Simultáneamente tengo un contrato de empleada de hogar por cuidado de niños en el que llevo trabajando dos años.
Ahora estoy de baja por enfermedad común. la pregunta es: ¿me corresponde prestación por los dos trabajos o solo por la parte de empleada de hogar?
Buenas tardes,
ResponderEliminarSoy funcionaria de la Comunidad de Madrid. El pasado año estuve seis semanas de baja por accidente laboral producido en el trabajo.
En la nómina de Febrero nos pagan las dietas correspondientes a todo el año pasado (aunque no debería ser así) y veo que he cobrado un 25% menos que alguno de mis compañeros, por ese concepto.
Teniendo en cuenta que no he faltado más del 11% de la jornada anual, quería saber si la cantidad correspondiente a "dietas" se ve mermada con las bajas laborales y si es normal que sea en tal medida.
Muchas gracias.
Buenas, llevo de baja desde mayo, mi base reguladora es el 5° tramo como empleada de hogar, pero me están pagando menos. Me despidieron poco después. Me están reteniendo algo? Para cotización?
ResponderEliminarBueno concreto mas, no estoy en el 5° si no en el 6° tramo, te dejo mas datos... mi sueldo como empleada de hogar era de 508 € + 2 extras completas. Me dieron de baja el 3 de mayo del 2016, hasta la fecha. Y me pagan 375 € de baja, estando despedida poco después. K no se si está bién o no,pero a mi no me cuadra.
ResponderEliminarHola! Estoy embarazada de 26 semanas y trabajo de camarera,llevo días con fuertes dolores de espalda y hoy he acudido al médico de cabecera, el cual me ha dado la baja informándome antes que pidiera la baja por riesgo en el embarazo.Hable con mi jefe para saber con que mutua trabaja en informarme y esta me dijo que necesitaba saber con quien estaba asociado mi empresa en cuestión de riesgos laborales para que realizarán un informe... mi jefe me ha dicho que no que según su gestora este de baja por enfermedad común. No entiendo porque,según me he informado con ella cobraría por la mutua un 100
ResponderEliminarEl que decide si es una baja por enfermedad común o derivado del trabajo es un médico, por lo que ni gestoras ni jefes pueden opinar nada
EliminarBuenos dias estoy de baja por enfermedad común cobrando 796 € y el mes de febrero me quitaron 94 € osea cobro mes de febrero 702 segun me dicen porque el mes tiene 28 dias eso se puede hacer que cobre esa cantidad menos por favor si me pueden ayudar
ResponderEliminargracias
En baja por enfermedad común en el mes de febrero se cobran 28 días
EliminarHola, yo quería saber si estando de baja se hacen todos los descuentos, es decir IRPF, CONTINGENCIAS COMUNES FORMACIÓN Y DESEMPLEO...????? Muchas gracias
ResponderEliminarA la parte de la baja solo se le descuenta el IRPF
EliminarBuenas tardes, en una baja médica por enfermedad común se calcula sobre la base de cotización del mes anterior pero si tiene pagas incluidas prorrateadas? Porque por 7 días de baja hay un descuento de unos 200€
ResponderEliminarSobre la base de contingencias comunes del mes anterior a la baja, sea cual sea
EliminarBuenos dias llevo con el dia d hoy 24 dias de baja por una pericarditis , mi sueldo bruto es de 1053( neto 968) , querria saber cuanto cobraria en mi nomina del mes de abril. Y a parte el dia 28 de este mes finaliza mi contrato, sino me incorporo en es fecha , la empresa me puede despedir?
ResponderEliminarBuenos dias,
ResponderEliminarTengo una duda.... trabajo en telemarketing y segun el convenio pir hospitalizacion te tienen que pagar el 100%. Mi duda es: mi baja empezo porque me ingresaron en el hospital, estuve 4 dias ingresada, me dieron el alta en el.hospital pero sigo de baja, segun mi convenio me tendrian que pagar el 100% por hospitalizacion, pero solo de los 4 dias que estuve ingresada? O tambien del resto de la baja?
Gracias,
Un saludo
Buenas tardes.
ResponderEliminarTengo contrato indefinido y estoy dentro del convenio de "EMP. DE CONSULTORIA, ESTUDIOS MER."
En todas las nóminas el cálculo se hace Cuantia=30 * Precio=nn,nnn (Concepto=Salario base) .... Es decir que todos los meses se toman de 30 días.
El mes de Febrero estuve 3 dias de baja por enfermedad. En la nómina en lugar de 27 días para el cálculo me cuentan 25. He reclamado a la empresa y me dicen que para las bajas se cuentan los día naturales del mes, es decir 28.
¿Es eso correcto?
En caso que sea correcto. Si en un mes de 31 días cojo la baja por enfermedad 1 día ¿me pagarán los 30 (31 - 1) como todos los meses?.
Saludos y muchas gracias de antemano
Hola estoy de baja desde él 26 de julio de 2016 y él día 19 de septiembre él mismo año tuve que solicitar él pago directo de la mutua y cuando cumplí 6 meses me bajaron de un 75% a un 50% eso es correcto?
ResponderEliminarGracias!
hola buenas tardes, trabajo en hosteleria y mi contrato es de 35h con dos dias de libranza, quisiera saber si cuando uno esta de baja por enfermedad comun la seguridad social no toma en cuenta los dias de libranza para los descuentos, es decir, mi baja fue del 27 de marzo al 06 de abril y mis dias libres eran el 27-28 de marzo y 05-06 de abril y aun asi me los incluyeron para los descuentos.
ResponderEliminarHola, llevo desde el mes de octubre de baja por enfermedad no laboral. Según entiendo por el post, debería cobrar el 75% aunque lleve ya 8 meses? Estos dos últimos meses se me ha reducido el pago y ni siquiera he cobrado lo mismo en los dos. Es correcto?
ResponderEliminarBuenas tardes,
ResponderEliminarTengo un contrato formativo temporal, es mi tercer año en las mismas condiciones. El 31 de septiembre se acaba mi contrato y ya tendría que pasar a contrato fijo/ indefinido, creo entender.
Estuve de baja por intervención quirúrgica desde ingrese el 02/03 por la tarde pero fui a trabajar igualmente mis 8 horas. El 03/05 fui intervenido quirurgicamente y estuve con ingreso hospitalario hasta el 05/05 luego mi medico de cabecera me dio baja de reposo en casa hasta el 21/05. El 22/05 me incorporé al trabajo.
Mi salario base son 825€. Este mes me han pagado apenas 578€. He leído que si la baja es por intervención quirúrgica tengo derecho al 100% de la nomina.
¿Me puedes decir si estoy en lo cierto?
Actualmente estoy de alta pero estoy reciendo tratamiento Oncológico.
Espero tu respuesta un saludo y gracias
No en todos los Convenios laborales se protege la baja por intervención quirúrgica con una prestación al 100% ¿has leído tu convenio y lo pone? si es así reclama, si no es así tu baja se calcula igual que una enfermedad común, como puedes leer en el post
EliminarHola b días. Lo siento por ser tan torpe pero tengo dudas y necesito k me ayudéis por favor. Yo cobro todos los meses 960 euros y llevo más de cinco años en mi puesto de trabajo. En mayo me operaron y me di de baja por enfermedad común ( ese mes cobre lo mismo). A mediados de junio me incorporé al trabajo y tb cobre lo mismo. Y en el mes de Julio, el día 27 fui al médico para revisión y me volvió a dar la baja por dos meses y este mes me ha venido de nomina 890 euros. Agradeceria si ayuda para poder entenderlo. Gracias
ResponderEliminarSoy la chica que ha escrito hace poco por lo de la baja por operación. Se me ha olvidado decir que estaré de baja hasta septiembre, que cuanto cobrare aproximadamente si mi nómina es de 960 y que en agosto ( supuestamente) cojia vacaciones desde 14 al 20. Muchas gracias y disculpa las molestias.
ResponderEliminarBuenas tardes.
ResponderEliminarAcabo de estar 2 días de baja por enfermedad común.
Como no llega a los 3 días no me queda del todo claro cuanto cobraré este mes.
En mi nómina del mes anterior tengo 2700€ de base de cotización por contingencias comunes. (2700/30=90)
Esto significa que me descontarán 180€ (2x90) de la nómina o lo he entendido mal?
Buenos Días;
ResponderEliminarMi convenio no indica que podamos cobrar el 100% de la nómina estando de baja, y al ser una empresa pequeña no tenemos mutua que nos iguale el 100%. Mis compañeros han estado de baja por enfermedad común y les han descontado los importes de la nómina correctamente.
Ahora mi gerente, que no es administrador, ha estado de baja por enfermedad común y la empresa le ha pagado 100% integra su nómina sin descontar nada.
Mi pregunta es: ¿en el fututo si yo o cualquiera de mis compañeros tenemos que darnos de baja por enfermedad común o accidente laboral cobraremos el 100 % al igual que él? ¿Esto crea jurisprudencia en mi empresa? Gracias por tu respuesta.
Hola buenas. He tenido 13 dias de baja por IT, en el trancurso de la baja tuve que estar 3 dias hospitalizado (del 4º al 7ºdia), y mi pregunta es que tanto por ciento de remuneración economica me corresponde por estar de baja? Soy del sector privado y mi convenio es de consultoras. Agradeciria que me digais el articulo del estatuto de los trabajadores donde venga reflejado dicha questión. Gracias de antemano.
ResponderEliminarHola se cobro 1200 i estube 7 dias de baja de enfermedad comun es normal que me an quitado en la nomina 235 euros
ResponderEliminarBuenas estoy de baja por enfermedad común la empresa quiere despedirme llevó un año casi por una operación y he perdido la movilidad del brazo me pueden despedir? Y cuanto me pertenece de indemnización por año llevo 15 años trabajando para la misma empresa soy auxiliar de ayuda a domicilio , un saludo y gracias
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