Presentación:

Vamos a intentar conocer, de una vez por todas, y de forma real, todos los "misterios" que encierra la selección de personal, así como cualquier tema que nos pueda surgir a lo largo de nuestra relacción laboral, como bajas, paro, subsidios, despidos, cálculo de nóminas o finiquitos etc...



lunes, 20 de febrero de 2012

REFORMA LABORAL 2012- modificación de las condiciones de trabajo

La reforma también menciona la posibilidad de modificar las condiciones de trabajo por los empresarios que afecten a:

  1. jornada de trabajo
  2. horario y distribución del tiempo de trabajo
  3. régimen del trabajo a turnos
  4. sistema de remuneración y cuantía salarial
  5. sistema de trabajo y rendimiento
  6. funciones
Para que la dirección de la Empresa pueda acordar estas modificaciones deben existir probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción (mismas causas que el ERE) - las que están relacionadas con la competitividad, productividad y organización técnica o del trabajo en la empresa- y podrán afectar a las condiciones pactadas con el trabajador en el contrato de trabajo, en acuerdos o pactos o colectivos o que los trabajadores hayan obtenido por decisión del empresario.


¿Qué puede hacer el trabajador? si considera que ha salido perjudicado tiene derecho a rescindir su contrato con una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 9 meses, o demandar ante los juzgados de lo social

¿Cuál es la tramitación? cuando la modificación afecte a un determinado número de trabajadores y sea una modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo, si en la Empresa hay representantes legales de los trabajadores se abrirá un período de consultas de 15 días.
  • consultas:se tratará sobre los motivos de la decisión empresarial y cómo evitar o reducir sus efectos, así como medidas para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados

Si en la Empresa no hay representación legal de los trabajadores estos optarán entre:

  1. constituir una comisión de 3 miembros de trabajadores de la propia empresa
  2. una comisión de 3 componentes de los sindicatos más representativos del sector de la Empresa
  • comisión o arbitraje: ambas partes podrán acordar, en vez del período de consultas acudir a arbitraje o mediación

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